Nicaragua: (505) 2276-0190 Ext 2014
Guatemala: (502) 2253-1328  
República Dominicana: (502) 4180-6967 
Honduras: (504) 2245-0646         
Costa Rica: (506) 2237-5858        
Panamá: - Whatsapp: (502) 4180-6967
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Unisalud es el programa de beneficio para el paciente creado por Luminova Pharma Group, que brinda apoyo para el mejor acceso de los medicamentos, y facilitar el cumplimiento del tratamiento, con cobertura en Centroamérica.
Consulte a su médico o pregunte en su farmacia de preferencia por el programa Unisalud de Luminova Pharma Group, para conocer y aplicar a los beneficios.
REGLAMENTO DEL PROGRAMA
En razón de que la Ley de Protección al Consumidor y Usuario, Decreto 06-2003 del Congreso de la República de Guatemala, ha determinado ineludibles deberes para la divulgación de información objetiva y veraz en las ofertas y promociones, a fin de que los consumidores no sean afectados ni se incurra en competencia desleal, la sociedad denominada _Luminova pharma group, S.A._, una sociedad organizada y existente de conformidad con las leyes de la República de Guatemala, , hace de conocimiento público, para todos los efectos de ley que correspondan, que el presente reglamento regirá todo lo relacionado con el programa denominado “Unidos por la Salud”, de conformidad con las siguientes cláusulas:

PRIMERA - GENERALIDADES:

Este reglamento delimita y aclara las condiciones bajo las cuales se regirá el programa “Unidos por la Salud” (en adelante denominado “El Programa”). Lo aquí dispuesto será de obligatorio acatamiento para los pacientes y organizadores. Se entiende que quien participe, conoce y acepta las condiciones y limitaciones establecidas en el presente reglamento. La participación en El Programa implica la decisión del paciente de cumplir y acatar estas reglas y las decisiones del Organizador, las cuales tendrán carácter de definitivo en todos los asuntos relacionados con El Programa. Cualquier violación a las mismas, o a los procedimientos o sistemas establecidos para la realización de El Programa, implicará la inmediata exclusión de la misma y/o la revocación de los beneficios correspondientes.

SEGUNDA - DEL ORGANIZADOR:

EL LABORATORIO FARMACEUTICO Luminova pharma group, en adelante denominado “El Organizador”, es la empresa organizadora de El Programa y única responsable del mismo, quien a su vez podrá contratar terceros de su libre elección para efectos de administrar y/o brindar algunos de los servicios que forman parte de El Programa.

TERCERA - PACIENTES:

Podrán participar en El Programa aquellos pacientes a quienes sus médicos respectivos prescriban alguno de los productos que se detallan en el Anexo I que forma parte integral de este reglamento siempre y cuando cumplan con todos los siguientes requisitos:
  • I.- Que sean mayores de dieciocho años de edad; o bien, en los casos en que se trate de menores de edad, éstos podrán participar a través de quienes ostenten la autoridad parental o la Tutela del menor;
  • II.- Que deseen participar de El Programa;
  • III.- Que active su tarjeta de membresía a través de la página web que así disponga El Organizador para tal efecto, aceptando las condiciones establecidas en el presente reglamento;

CUARTA - PLAZOS:

Plazo para participar: El plazo de El Programa es de indefinido contado a partir del día 15 de mayo del año 2022. Este plazo podrá ser modificado por EL LABORATORIO FARMACEUTICO con previa notificación.

QUINTA – COBERTURA GEOGRAFICA:

El Programa es válido en aquellas farmacias pacientes dentro del territorio de la República de Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica, República Dominicana y Panamá. Será responsabilidad de los pacientes de El Programa verificar que la farmacia donde realice las compras de los productos pacientes se encuentren debidamente afiliados a El Programa.

SEXTA - CANALES DE COMUNICACIÓN:

El Programa ofrece a los pacientes y personas interesadas en conocer más sobre El Programa el siguiente número telefónico:
República de Guatemala: +502–2422-7575

También, los pacientes pueden consultar la versión más actualizada de este Reglamento, así como toda la información relacionada con El Programa en el sitio web www.luminovapg.com Cualquier duda o comentario sobre El Programa, las farmacias pacientes, o cualquier otro tema relacionado con el mismo, podrán ser direccionadas a los teléfonos listados en esta cláusula.

SEPTIMA - MECÁNICA:

Quienes deseen participar en El Programa deberán ser pacientes a quienes se les haya prescrito tratamiento con alguno de los productos que se indican en el Anexo I de este Reglamento y deberán activar su membresía por paciente a través del sitio web mencionado en la cláusula sexta de este reglamento, o bien, a través de cualquier otro canal que disponga El Organizador para tal efecto, aceptando las condiciones aquí establecidas.

Para acceder a los beneficios los pacientes deberán:
  • I.- Inscribirse en El Programa registrando solo una membresía por paciente, debiendo proporcionar su número de identificación conforme su Documento de Identificación Personal.
  • II.- Adquirir el producto en las farmacias pacientes de El Programa. Podrá consultar las farmacias pacientes llamando a los números telefónicos o visitando la página web de El Programa. Las compras realizadas en una farmacia no afiliada a El Programa no podrán ser registradas y no se acumularán para obtener beneficios de El Programa;
  • III.- Solicitar a la farmacia que se registre la compra realizada en el momento de la compra y al número de membresía del paciente. Dicha compra tendrá una validez de 1 año, al final del cual, si la misma no fue aprovechada para un canje, expirará y se borrará de las compras acumuladas por el paciente. Nota: el paciente podrá realizar una compra e inscribirse al programa posteriormente. Dicha compra podrá ser ingresada al programa cuando el paciente ya esté inscrito por medio de la factura que demuestre la compra del medicamento.
  • IV.- Canje: para tener derecho a un canje, el paciente debe haber comprado dos cajas de la misma marca, concentración y presentación y entonces tendrá derecho a un canje por la misma marca, concentración y presentación.
  • V.- Cumplir con la cantidad de compras registradas requerida según el Anexo I: Tabla de Canjes.
  • VI. Respetar el máximo de canjes anuales que permite El Programa (incluidos en el Anexo I: Tabla de Canjes)
  • VII. Solicitar el canje en las farmacias de El Programa. Para acceder a otros beneficios ofrecidos por El Programa, el paciente deberá coordinar la entrega de los mismos a los números telefónicos o página web que así disponga El Organizador para tal efecto, cumpliendo con las condiciones establecidas en el presente Reglamento.

  • OCTAVA - RESPONSABILIDADES DEL PACIENTE:

    Los pacientes del Programa son responsables de:
  • a. Inscribirse por alguno de los canales establecidos en la cláusula sexta con todos los datos reales solicitados por El Programa. Así mismo, deberá actualizar su información en caso que algún dato cambiase en el plazo que participe en El Programa.
  • b. Utilizar su membresía únicamente para compras y canjes personales y no registrar compras o canjes de familiares, amigos o terceros, ya que la membresía es personal e intransferible y El Programa permite solamente transacciones de un paciente por membresía.
  • c. Cumplir a cabalidad y con exactitud las instrucciones y prescripciones de su médico, incluyendo pero no limitándose a los plazos y dosis de los medicamentos prescritos. No obstante lo anterior, El Organizador no responderá por el uso y consumo que los pacientes hagan de los productos relacionados con El Programa, lo cual será responsabilidad exclusiva del paciente.

  • NOVENA: El paciente tendrá prohibido y entiende que no está permitido:

  • I.- El uso de una membresía para registrar compras grupales o de terceros.
  • II.- La transferencia de compras o beneficios a terceros.
  • III.- Registrar compras por sí mismo, o que las mismas sean registradas por la farmacia en fecha distinta a la fecha de compra.

  • DECIMA - BENEFICIOS DEL PROGRAMA:

    Los pacientes del Programa podrán tener las siguientes ventajas:
  • a. Podrán beneficiarse con producto gratuito; de forma tal que, luego de comprar determinado número de cajas de alguno de los productos en la forma indicada en la cláusula tercera del presente Reglamento, recibirán totalmente gratis la cantidad de producto que se detalla en el Anexo I: Tabla de Canjes. El canje operará únicamente en aquellos casos en los que el paciente pueda demostrar a la farmacia correspondiente, que sigue necesitando el producto respectivo mediante la presentación de una receta médica con menos de un año de emitida. El Organizador, sus afiliadas, representantes y directores, en ningún caso responderán por posibles daños y perjuicios que pueda sufrir una persona que consuma el producto entregado como canje sin que haya sido recomendado su consumo por un médico, de forma tal que será responsabilidad de cada paciente el uso que se dé al producto recibido como canje; así mismo, el paciente libera a El Organizador de toda responsabilidad que se pudiera derivar de aquellos casos en que la Farmacia respectiva haga mal uso del producto entregado para efectos de ser utilizado en El Programa. El Organizador no podrá ser obligado a sustituir el beneficio o producto ofrecido como canje por ningún otro producto, deberá entregar la misma marca, en la misma presentación y concentración. Sin menoscabo de lo anterior, las promociones contenidas en el programa no serán aplicables a otro bien o servicio, ni aplicarlo a descuentos u otro tipo de ventajas de establecimiento. Para ser acreedor del beneficio o canje, el paciente deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento. Los productos ofrecidos como canje son indivisibles, intransferibles y no negociables por ningún otro producto y/o beneficio.

  • UNDECIMA - RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR

    El Organizador será responsable únicamente por lo que en el presente reglamento se indica. El Organizador considerará como beneficiario de las ventajas de El Programa, incluyendo el derecho al beneficio o canje que en el presente Reglamento se indica, a la persona física que tiene asignada membresía utilizada para registrar las compras y con la cual solicita el beneficio o canje y que cumplió con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento. El Organizador no asume responsabilidad por daños y perjuicios ocasionados por caso fortuito, fuerza mayor o actos de terceros, así como por cualquier incumplimiento de los pacientes a lo establecido en este Reglamento.

    DUODECIMA – MODIFICACIONES:

    El Organizador se reserva el derecho de modificar en cualquier momento El Programa, la lista de productos, la tabla de canjes conforme a las marcas participantes o canjes máximos permitidos, o cualquier otra característica, documento, proceso o mecánica de El Programa en cualquier momento, con la única obligación de comunicar dicho cambio en el sitio web del Programa y, de ser necesario, reflejar dichos cambios en el presente Reglamento.

    DECIMA TERCERA - SUSPENSIÓN DEL PROGRAMA:

    El Organizador se reserva el derecho de suspender en cualquier momento El Programa, ya sea parcial o totalmente, temporal o definitivamente, con la única obligación de comunicar dicha suspensión en el sitio web del Programa. Así mismo, se reserva el derecho de cancelar la afiliación a El Programa de cualquier paciente, en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta. El engaño, fraude o falsificación que obstaculicen el normal desempeño de El Programa y las acciones que a juicio de El Organizador sean ilegales o prohibidas según lo aquí establecido y/o la legislación aplicable y que puedan ocasionar perjuicio a El Programa o al Organizador, podrán ser perseguidos por los medios previstos en las leyes que correspondan.

    DECIMA CUARTA - PERSONAS JURIDICAS O INSTITUCIONES

    No está permitida la participación de personas jurídicas en El Programa. Si alguna institución de bienestar social u organismo que ayuda a pacientes a obtener sus medicamentos deseara participar en El Programa o lograr trasladar los beneficios de El Programa a sus pacientes, podrá contactar a El Programa para que su caso sea analizado por El Organizador. El Organizador se reserva el derecho de brindar o no en forma parcial o total los beneficios del Programa a organismos, fundaciones o instituciones de este tipo.

    DECIMA QUINTA - PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN:

    Los pacientes autorizan el acceso a su información y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese a El Organizador, durante el plazo de El Programa y hasta un plazo de diez años luego de finalizado El Programa, autorizando además, el uso de dicha información designada para esos efectos por El Organizador para cualquier fin autorizado por el ordenamiento jurídico respectivo, incluyendo pero no limitado a: compartir la información con los médicos para el monitoreo del tratamiento, con su farmacia de preferencia o con terceros que a criterio de El Organizador deban conocer dicha información en beneficio del paciente y/o de su tratamiento. Al mismo tiempo se le permitirá el acceso a su información al paciente siempre que lo solicite. No obstante lo anterior, es entendido que El Organizador no tendrá acceso directo a la información personal que permita identificar a los pacientes, sino que dicha información para efectos de El Programa sería manejada a través de terceros contratados por El Organizador para esos efectos.

    Adicionalmente, los pacientes autorizan a El Organizador a enviar mensajes de texto, correos electrónicos, correos postales o comunicados por cualquier otro canal disponible, relacionados con El Programa, al teléfono celular y/o direcciones reportadas en la base de datos; así como realizar llamadas para:
  • Comunicar cambios relevantes que puedan afectar al paciente.
  • Validar compras o canjes registrados a nombre del paciente.
  • Actualizar la información del paciente.
  • Coordinar la entrega de algún beneficio solicitado por el paciente.
  • Otros temas relacionados con El Programa.El Organizador pondrá a disposición del paciente los canales adecuados para solicitar la exclusión de listas de contactos de El Programa, en cuyo caso, podrá perder a criterio del Organizador el derecho a participar de El Programa incluyendo el derecho a cualquier canje pendiente a esa fecha.


  • DECIMA SEXTA - APLICABILIDAD DEL REGLAMENTO:

    La totalidad del presente reglamento se aplicará por igual a todos los pacientes del Programa. El incumplimiento de alguna cláusula del presente reglamento podría conllevar para el paciente, a criterio de El Organizador, la exclusión de El Programa y la pérdida de todos los beneficios pendientes de redimir.

    DECIMA SETIMA - RELACION ENTRE LAS PARTES:

    Ninguna disposición de El Programa se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal del comercio por la participación en El Programa. Ningún paciente o beneficiario de las ventajas de El Programa, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante o agente de El Organizador. Con el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

    DECIMA OCTAVA - PUBLICIDAD DEL PRESENTE REGLAMENTO:

    Una copia del presente Reglamento estará disponible para todos los pacientes de El Programa en la siguiente dirección web: www.luminovapg.com Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente reglamento, o para solicitar una copia digital del mismo, podrá hacerlo mediante consulta telefónica a los números telefónicos o página web que así disponga El Organizador para tal efecto. La información que se suministre no altera ni modifica el presente reglamento.